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ALQUILERES ANUALES CON DESTINO HABITACIONAL -LEY 27.551-

PRIMERA ACTUALIZACION DE PRECIOS

Con la llegada del mes de Julio, se aproxima la primera actualización que, según la nueva ley de alquileres -Ley Nº27.551-, debe practicarse para los contratos celebrados durante el mes de Julio del año 2020. Pero más allá de la letra fría de la ley, se abren interrogantes a la hora de aplicar esos conceptos: ¿Qué es lo que hacemos cuando actualizamos un valor? ¿Cómo debemos utilizar los números índice? ¿Por qué es necesario actualizar un valor?

En principio, la necesidad de actualización pareciera obvia e indispensable, al menos en un país como el nuestro que atraviesa un constante proceso inflacionario, es decir, una suba generalizada de los precios de bienes y servicios. Esta alza de precios acarrea como consecuencia inmediata la pérdida del poder adquisitivo de las personas, en nuestro caso puntal, el Locador-Propietario del inmueble.

Ahora bien, para poder actualizar un valor debemos valernos de los Números Índices, índices de precios que reflejan la variación a través del tiempo en los precios de un conjunto determinado de bienes y servicios. En el caso de los alquileres de casa habitación, dicho índice es elaborado por el Banco Central y pondera en partes iguales las variaciones mensuales de precios al consumidor y salario promedio.
Si ingresamos a la web del organismo (BCRA) podremos acceder a dichas partidas filtrando los datos relevantes, es decir el periodo de tiempo que debemos actualizar, puntualmente en este caso desde el mes de 01/07/2020 al 30/06/2021 para contratos celebrados en esa fecha de inicio. (Fuente: https://www.bcra.gob.ar/PublicacionesEstadisticas/Principales_variables_datos.asp).

Ahora, utilizando dichos datos sólo queda calcular la variación porcentual a aplicar, esto es el cociente entre el valor del índice al final del plazo, dividido el existente al comienzo del periodo, ajustando por -1, y multiplicando por 100 para obtener así al porcentaje de variación.

Para los contratos a actualizar en lo inmediato, dicha variación asciende a 40 % un valor bastante significativo si consideramos que en general, previo a la nueva ley de alquileres las actualizaciones pactadas dentro de la libertad contractual no superaban el 28% o 30%.

En definitiva, la primera actualización a realizarse en este mes de julio del 2021 viene a traer un poco de luz acerca de la variación de precios que sufrirán los contratos de alquileres, al menos en el corto plazo. Sólo restara saber si dicha actualización es suficiente para contrarrestar la pérdida del poder adquisitivo de locador; ya que no es esto una disputa entre locadores y locarios queriendo ganar más, sino un intento por mantener actualizadas las condiciones pactadas al inicio del contrato, en un país donde la estabilidad de precios no es opción a considerar.

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